La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un incremento del 10% en el recargo percibido a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
A partir de hoy la alícuota pasa de 35% a 45% para las operaciones con tarjetas en moneda extranjera en viajes y gastos en el exterior, incluidos los pagos de servicios digitales.
Según la Resolución General 5232, firmada por la titular de la entidad Mercedes Marco del Pont, se establece que la actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior. Quedarán comprendidas en la nueva alícuota del 45% todas las operaciones de pago con tarjeta en moneda extranjera, que incluye las extracciones o adelantos en efectivo realizados en el exterior.
Este incremento de la alícuota también comprende las compras efectuadas a través de sitios virtuales, así como el pago de prestaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito.
También quedan incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en que deba accederse al mercado único y libre de cambios para la cancelación de la operación.
La normativa excluye a la compra de moneda extranjera para atesoramiento, el llamado dólar ahorro, donde el recargo continuará siendo del 35%.
Alícuota para servicios digitales
Suben precios de los servicios digitales como Netflix, Spotify o HBO Max entre otros. Según detalló la resolución de la AFIP, el aumento de 10% en la percepción del recargo a cuenta de Ganancias y Bienes Personales afecta a todos los consumos en monedas extranjeras realizados con tarjeta de crédito, Al precio habrá que agregarle el nuevo recargo del 45% más la alícuota diferencial para este tipo de servicios establecida por el Impuesto PAIS de 8%. En esta página puedes consultar el valor del dólar para servicios digitales.
Para más información puede consultar la Resolución General 5232 de la AFIP y la Ley N° 27.541 la cual incluye el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)