El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), confirmó una sentencia de 2015 por la rescisión del contrato, por el que estas compañías prestaban servicio a través de Aguas Argentinas.
El fallo beneficia a las firmas Aguas de Barcelona (Agbar), Suez Environnement y Vivendi por una causa con más de diez años de antigüedad.
En 2005, dichas empresas reclamaron un incremento de tarifas en el servicio, tras varios años congeladas por la crisis de 2001 y la pesificación asimétrica.
A cambio, Argentina exigió a las concesionarias, el compromiso de inversiones en la mejora de la red y el servicio.
Al no llegar a un acuerdo, el Gobierno rescindió el contrato del consorcio europeo, que elevó el caso al Ciadi, tribunal arbitral independiente del Banco Mundial.
En abril de 2015 un fallo dio la razón a las compañías y obligó al país a pagar una elevada indemnización.
En agosto del mismo año, Argentina recurrió alegando que el tribunal «no fue constituido correctamente entre otros puntos.
El Ciadi, en tanto, notificó a las partes el pasado 5 de mayo, rechazando la solicitud de anulación del fallo de abril de 2015.